Miércoles, Abril 24, 2024
   
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Realidad Social FM

EL GOBIERNO SE QUEDO CON LA CURTIEMBRE

Según los Artículo 3 y 6 de la expropiación en la Cámara de Diputados dice: Los bienes expropiados serán incorporados al patrimonio provincial,  a fines que la Función Ejecutiva los destine para la reactivación y puesta en funcionamiento de su actividad productiva.

Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

MENSAJE N°

LA RIOJA,

SEÑORA

PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Dra. Maria Florencia López

SU DESPACHO:

Me dirijo a Usted, y por su digno intermedio a la Honorable Cámara de Diputados, con el objeto de someter a vuestra consideración el Proyecto de Ley que se acompaña, a través del cual se propone declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, los bienes inmuebles de la empresa CURTUME CBR S.A., con todo lo clavado, edificado y plantado, como así también sus bienes muebles vinculados a la explotación de su actividad productiva.

La presente iniciativa tiene por objeto primordial destinar dichos bienes a la reactivación industrial de la curtiembre ubicada en la localidad de Nonogasta, Departamento Chilecito, ante el abandono de la explotación efectuado por la referida empresa.

En este contexto cabe recordar que la planta industrial perteneciente a CURTUME CBR S.A. dejó de funcionar en junio de 2020, circunstancia a partir de la cual un total de 775 empleados han quedado abandonados a su suerte, al dejar de  percibir desde entonces sus remuneraciones -en la mayoría de los casos fuente principal de ingreso y de sustento de su grupo familiar-, como consecuencia del cese de la actividad productiva a la que se dedicaban. Desde ese momento, los trabajadores han efectuado a través de diferentes vías, sucesivos reclamos tendientes a la reactivación industrial, y a partir de ello, a la recuperación de sus fuentes de trabajo, sin tener respuesta alguna por parte de la empresa. Esto nos ubica ante la necesidad de propiciar una urgente solución para estas personas, quienes se encuentran actualmente y en gran parte de los casos, subsistiendo con lo que perciben en virtud del “Programa de Recuperación Productiva” (REPRO), y de la asistencia económica que se les brinda desde el Estado Provincial.

Valga resaltar que la actividad de la curtiembre tiene una gran importancia en la actividad económica en Nonogasta y su zona de influencia, y esta situación de parate y abandono ha creado zozobra e inestabilidad laboral no solo en los trabajadores, sino también en la comunidad, en general.

Finalmente, es dable recordar que la Provincia ha asistido a la empresa en reiteradas oportunidades, no solo en materia económica y financiera, sino también proyectando y ejecutando obras de tratamiento de efluentes industriales, todo ello con miras a apoyar y promover tanto la explotación comercial y el mantenimiento de la fuente laboral de los trabajadores, como así también el desarrollo de una actividad económica sustentable. Aun así, y sin más CURTUME CBR S.A abandonó intempestivamente el giro comercial.

Es por lo expuesto, que resulta imperativo disponer la adquisición por parte del Estado Provincial, de los bienes necesarios para la real y efectiva reactivación de la industria en cuestión, a efectos de devolver la actividad económica y la tranquilidad social como fin de utilidad pública.

Atendiendo a las razones expuestas y conforme lo establecido en el  Artículo 106° de la Constitución Provincial, esta Función Ejecutiva eleva para su consideración el adjunto proyecto de ley, esperando contar con el acompañamiento de esta Honorable Cámara de Diputados.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia los inmuebles, con todo lo clavado y adherido al suelo, ubicados en el Departamento Chilecito, de propiedad de la empresa “CURTUME CBR S.A.”, como así también los bienes muebles, registrables y no registrables, maquinarias, herramientas, materia prima, productos elaborados, semielaborados y terminados que se encuentren en los predios utilizados para el funcionamiento de la planta industrial de la empresa, conforme al inventario que oportunamente elaborarán los organismos competentes al efecto.

ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles cuya utilidad pública se declara en el Artículo 1° de la presente Ley responden a las características que a continuación se detallan:

INMUEBLE 1:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:1-P:3

MATRICULA REGISTRAL:  X-7974

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°46 F°99

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          9521,96 m2

INMUEBLE 2:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:11-P:28

MATRICULA REGISTRAL:  X-16936

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°91 F°45

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          11Has. 2.174,87 m2

INMUEBLE 3:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:13-P:3

MATRICULA REGISTRAL:  X-4376

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°-- F°4--

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          16 Has. 7414,27 m2

INMUEBLE 4:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:11-P:29

MATRICULA REGISTRAL:  X-16937

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°-- F°4--

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          41Has. 4469,31m2

INMUEBLE 5:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:1-P:1

MATRICULA REGISTRAL:  X-7973

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°46 F°100

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          45.418,61 m2

INMUEBLE 6:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:2-P:55

MATRICULA REGISTRAL:  X-7975

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°46 F°96

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          3.616,72 m2

INMUEBLE 7:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:2-P:56

MATRICULA REGISTRAL:  X-7976

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°46 F°97

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          24.137,82 m2

INMUEBLE 8:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:10-P:1

MATRICULA REGISTRAL:  X-7977

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°46 F°98

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          12.262,62 m2

INMUEBLE 9:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

MATRICULA REGISTRAL:  X-6092

ANTECEDENTE  DOMINIAL:          Dominio N° 1761 Fs. 4115 – Año 1959

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          1.782,48 m2

INMUEBLE 10:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:A-M:10-P:5

MATRICULA REGISTRAL:  X-10301

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°59 F°66

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          1.546,22 m2

INMUEBLE 11:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:XII-S:B-M:5-P:7

MATRICULA REGISTRAL:  X-6579

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°33 F°16

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          2 Has. 49,51 m2

INMUEBLE 12:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

MATRICULA REGISTRAL:  X-11920

ANTECEDENTE  DOMINIAL:          Dominio N° 1160 Fjs. 3154/92 – Año 1.975 y Dominio N° 315. Fjs. 284 – Año 1.943

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          529 Has. 463,94 m2

INMUEBLE 13:

PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.

UBICACIÓN:       Departamento Chilecito

NOMENCLATURA CATASTRAL:       D:7-C:X-S:C-M:10-P:10

MATRICULA REGISTRAL:  X-2820

ANTECEDENTE  CATASTRAL          Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en  T°125 F°125 – Año 1.974.

SUPERFICIE A EXPROPIAR:          311 Has. 891,63 m2

ARTÍCULO 3º.- Los bienes expropiados serán incorporados al patrimonio provincial,  a fines que la Función Ejecutiva los destine para la reactivación y puesta en funcionamiento de su actividad productiva.

ARTÍCULO 4º.- Establézcase que al momento del pago del monto expropiatorio, este deberá compensarse hasta donde corresponda con las acreencias que el Estado Provincial tenga respecto del expropiado.

ARTÍCULO 5º.- Las medidas, linderos y superficies definitivas de los inmuebles cuya utilidad pública se declara, surgirán del plano de mensura que a tales efectos confeccionarán y aprobarán los organismos competentes.

ARTÍCULO 6º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

ARTICULO 7º.- Comuníquese, Publíquese, Insértese en el Registro Oficial y archívese.-

 

Chilecito L.R.

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